ORGANIGRAMA DE LOS PODERES PUBLICOS
Tomando como referencia la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela se hace mención al Poder Público Nacional, que está regido por cinco instituciones en el ámbito nacional, estadal y municipal, estos cinco poderes son el poder Legislativo, el poder Ejecutivo, el poder Judicial, el poder Ciudadano y el poder Electoral.
El Poder Publico Nacional, en un primer lugar y durante muchos años fue establecido en forma de trinomio, es decir, por medio de 3 poderes: ejecutivo, legislativo y judicial. Este trinomio fue propuesto en la historia antigua por el filósofo griego Aristóteles en su libro La Política, donde planteaba que en todo Estado debe haber tres partes, y que el legislador debía ocuparse de arreglarlos. Decía que una vez organizadas esas partes, el Estado funcionaria bien y que podrían diferenciarse las funciones, estos tres elementos eran: La Asamblea General (quien delibera sobre los negocios públicos), El Cuerpo de Magistrados y El Cuerpo Judicial, estos 2 últimos elementos no los definió de forma clara.
Fue en realidad el francés Montesquieu quién en su obra El Espíritu de las Leyes estableció las diferencias entre cada uno de estos poderes, por eso se le atribuye La Teoría de La Separación de los Poderes. En cada Estado hay tres clases de poderes: el legislativo, el ejecutivo de las que pertenecen al civil, y el judicial.
El poder Ciudadano y el poder Electoral son novedades desde el punto de vista de la teoría política, pero no son fruto de la originalidad de la Asamblea Constituyente instaurada para elaborar la Constitución Nacional aprobada en el año 1999. La Asamblea Constituyente rescató dos ideas propuestas por el Libertador: Una en el Congreso de Angostura en 1819, específicamente el poder Ciudadano, y la otra realizada como propuesta para la primera constitución de Bolivia y adoptada en el año 1826.
Los poderes públicos son el conjunto de instituciones por medio de las cuales el Estado ejerce las funciones de control en la nación, y también por medio de las mismas mantiene las relaciones con las demás naciones que conforman la comunidad internacional.
Los poderes del Estado tienen su base jurídica en el derecho que el pueblo le confiere al Estado para controlar o administrar a la nación, y para poder ejercer ese derecho necesita de una serie de órganos o entes que colaboren con la función de gobierno.
ESTRUCTURA DEL PODER PUBLICO NACIONAL
En las naciones cuyo sistema es el democrático es imprescindible la coexistencia de una serie de Poderes que colaboren con el desarrollo del Estado. Dichos Poderes son independientes y con una función particular como lo es "la preservación de la libertad y democracia". En Venezuela los conocemos como "Poderes Públicos". Antes de la entrada en vigencia de la Constitución de 1999 eran 3 los Poderes; en la actualidad son 5:
PODER LEGISLATIVO
El Poder Legislativo es unicameral (una sola cámara) y reside en la Asamblea Nacional, siendo la encargada de la formación, discusión y sanción de las leyes federales, además de las que rigen en el Distrito Capital, las Dependencias y los Territorios Federales. Además le está encargado de las sanciones de este país. Se compone actualmente de 167 diputados que sirven por cinco años y pueden ser reelegidos de acuerdo con la Enmienda Nº 1 de la Constitución Nacional.
El número de diputados puede variar según el aumento de la población. A este poder le corresponde legislar en las materias de la competencia nacional, controlar al ejecutivo, y a la administración pública, organizar la participación ciudadana, aprobar el presupuesto nacional y las líneas generales del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, autorizar el empleo de misiones militares en el exterior y el nombramiento de otros poderes públicos, así como los jefes de misiones diplomáticas, aprobar por Ley los tratados internacionales, etc.
Los diputados deben aprobar los proyectos de ley para que éste se convierta en ley, pero el presidente tiene poder de voto. En ese caso, la Asamblea Nacional reconsidera el proyecto de ley. El Presidente y los Vicepresidentes de la Asamblea la promulgarán, el proyecto de ley se convierte en ley, aún sin la firma del Presidente de República.
PODER EJECUTIVO
El Poder Ejecutivo es
ejercido por el Presidente o Presidenta de la República, Vicepresidente o
Vicepresidenta Ejecutivo, Ministros o Ministras y demás funcionarios. Cada uno
cumple funciones específicas y se encargan del gobierno de la nación. El presidente
de la república es el jefe del estado y del poder ejecutivo nacional.
También es elegido de forma
democrática por un periodo de 6 años, y puede ser reelegido inmediatamente. Son
encargados de la defensa, la seguridad, el desarrollo, la política nacional e
internacional, el cumplimiento de la ley, el sistema monetario, la recaudación
de impuestos, la política macroeconómica, la seguridad social y, en general,
toda otra materia que la Constitución Nacional le atribuye.También tiene como
propósito "recomendar políticas de interés nacional en aquellos asuntos a
los que el Presidente de la República reconozca de especial trascendencia y
requieran de su opinión" (Art. 251).
PODER JUDICIAL
El Poder
Judicial es el encargado de administrar la justicia emanada de los ciudadanos y
se imparte en nombre de la República por autoridad de la ley, conducido de
manera autónoma por el Tribunal Supremo de Justicia, y lo integran también los
demás tribunales que determine la ley, el Ministerio Público, la Defensoría
Pública, los órganos de investigación penal, los auxiliares y funcionarios de
justicia, el sistema penitenciario, los medios alternativos de justicia y los
abogados autorizados por el ejercicio.
Poder Ciudadano
El Poder Ciudadano es ejercido por el Consejo Moral Republicano integrado por el Defensor del Pueblo, el Fiscal General de la República y el Contralor General de la República Bolivariana de Venezuela; las funciones de sus cargos son: prevenir, investigar y sancionar los hechos que atentan contra la ética pública y moral administrativa; velar por la buena gestión y la legalidad en el uso del patrimonio público, el cumplimiento y la aplicación del principio de legalidad en toda la actividad administrativa del Estado, e igualmente, promover la educación como proceso creador de la ciudadanía, así como la solidaridad, la libertad, la democracia, la responsabilidad social y el trabajo.
Este poder está constituido por los siguientes organismos:
*Defensoría del Pueblo
*Ministerio Público
*Contraloría General de la República
Poder Electoral
Es una de las ramas
autónomas del Poder Público Nacional, este poder está constituido por el
siguiente organismo:
*Consejo Nacional
Electoral(CNE) Lo ejerce el Consejo Nacional Electoral y se encarga de
reglamentar las leyes electorales y resolver todo lo relacionado con procesos
de elección, referendo y consultas populares.
*Órganos subordinados
al CNE
Junta Nacional
Electoral
*Comisión de Registro Civil y Electoral
*Comisión de Participación
Política y Financiamiento
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